Hoy en día, multitud de cortes de arbitraje ofrecen sus servicios profesionales con el objetivo de administrar los diversos procedimientos arbitrales. En ese sentido, surgen los siguientes interrogantes, ¿cómo regulan los centros los diversos costes?, ¿qué diferencias presupuestarias existen?, ¿a cuánto ascienden las tasas administrativas de cada institución?
Cada centro regula en su reglamento o anexos de éste las diferentes cuantías a sufragar. Yendo desde el este hacia el oeste, podemos destacar primero lo que establece ACICA. Habla de las tasas administrativas en su Schedule of Fees, las cuales se pueden deducir a través de su calculadora online.
CIETAC en su Appendix II determina las tasas administrativas y los honorarios de los árbitros. Tiene una calculadora de arbitraje en función al tipo de arbitraje y al monto de la disputa.
HKIAC dispone en sus Schedule 1 y Schedule 2 las tasas administrativas y los honorarios del tribunal, respectivamente. Establece que el porcentaje de los honorarios del Tribunal Arbitral han de basarse en la cuantía de la disputa, al igual que las tasas administrativas.
SIAC regula los costes del arbitraje en su Schedule of Fees, vigente desde el 1 de agosto de 2016. Al igual que otros centros, SIAC también cuenta con una calculadora online, con una útil herramienta para convertir monedas extranjeras.
La SCC tiene diferentes Schedule of Costs: uno para procedimientos ordinarios y otro para procedimientos abreviados. Los pagos administrativos y los honorarios de los árbitros van en función a la cuantía del arbitraje. Asimismo, presenta una calculadora en internet muy completa, que responde en función a la cuantía en disputa, número de árbitros y reglamento en uso.
Similar escenario presenta la ICC con su Appendix III: Arbitration Costs And Fees. Aquí se establecen las tarifas administrativas y los honorarios del árbitro. Dicha institución cuenta también con una calculadora de arbitraje, a la que hay que sumarle lo dispuesto en su Nota Explicativa Sobre el IVA Aplicable a los Gastos Administrativos de la CCI.
En el caso de LCIA, a pesar de que no cuenta con una calculadora en su web, habla de los costes en el Schedule of costs, que otorga pautas acerca de los gastos administrativos de la Corte, el Tribunal Arbitral, el árbitro de emergencia y la Secretaría del Tribunal.
La CAM presenta una calculadora de arbitraje detallada y en su Anexo I habla de los derechos de la corte y los honorarios del árbitro, desglosando los diferentes tramos y cantidades a cubrir según qué cuantía en disputa.
AAA-ICDR tiene un Fee Schedule que se divide entre Standard Fee Schedule y Flexible Fee Schedule. Los costes dependen de la cuantía de la disputa y éstas se pueden prever con el fee calculator, el cual da el resultado pertinente al considerar el reglamento al que se acogen las partes, el tipo de reclamación y el número de árbitros.
De igual manera, CAM SANTIAGO cuenta con una calculadora exclusiva para arbitrajes nacionales y otra para arbitrajes internacionales, además de cálculos para mediación y dispute boards. El punto VII Costos del Arbitraje de su reglamento comprende los honorarios del Tribunal Arbitral y la Tasa de Administración.
En el caso de CCL, fija las tarifas considerando la tasa de presentación, los gastos administrativos, los honorarios del Tribunal Arbitral, del Árbitro Único, del Árbitro de emergencia y el Arbitraje Acelerado. Estos criterios también se ven reflejados en su calculadora de arbitraje.